Arquitectura: ¿Existe el derecho de Autor?

¿Es la obra de arquitectura propiedad del cliente, y en ese caso dispone de ella libremente, o existen derechos de autor por parte del arquitecto?

La pregunta surge a raíz de la disputa que han sostenido el arquitecto Santiago Calatrava y el Ayuntamiento (Municipalidad) de Bilbao, para quién, hace 10 años, Calatrava construyó un puente.

El arquitecto español nuevamente está dando que hablar por sus puentes (aquí, aquí y acá puedes encontrar antiguas noticias). Esta vez, se enfrentó a el Ayuntamiento, que ha permitido construir la ampliación de su puente peatonal “Zubi Zuri” (“puente blanco”), diseñada por el arquitecto japonés Arata Isozaki.

El puente de Calatrava une ambos márgenes de la ría de Bilbao, cerca del Ayuntamiento. Como parte de la revitalización del margen izquierdo de la ría, se concedió al arquitecto japonés, la construcción de unas torres justo enfrente de la pasarela de Calatrava.

Estas obras han conectado la pasarela con la calle Mazarredo por otro paseo peatonal a través de las torres de Isozaki, dejando así a la ría más cerca del centro (como podemos ver en la imagen). Al hacerlo, han cortado un trozo de la barandilla, lo que ha suscitado la demanda por cuatro millones de dólares del arquitecto valenciano. En ella se pide la eliminación del acceso y una “indemnización por daños morales”. “No estamos en contra de Isozaki, sino de quien ha permitido todo esto”, señaló el portavoz de Calatrava. Según el arquitecto la nueva ampliación “rompe con la simetría”, “distorsionan el diseño” y “dañan la integridad” de su puente sobre el río Nervión. Por su parte, el alcalde de Bilbao, Iñaki Azkuna, aclaró: “Las pinturas de Goya son piezas de arte; un puente es para que la gente camine sobre él. Tenemos suficiente con la dictadura de Calatrava diciéndonos que no podemos tocar su puentecito. Ya hemos tenido suficiente de esta superestrella”. El alcalde reclama que el puente no es nada de apreciado por quienes lo tienen que cruzar, ya que sufren resbalones sobre su inestable superficie, cuyos deterioros, además ha de sufragar el propio consistorio. En Escaire, explican el tema legal: “Tomando como base un informe del Colegio de Arquitectos de Madrid, en el que se explica y detallan las características actuales de la ley vigente, no se contempla explícitamente la obra arquitectónica en el texto refundido de la ley de propiedad intelectual, con lo que es bastante generalizada la creencia de que está descartada la protección de la obra arquitectónica construida o terminada. A pesar de eso, “los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería”, es decir, la representación de la obra, y no la obra en sí, están protegidas”". En el Convenio de Berna (Suiza 1886, posteriormente varias veces actualizado), que es un tratado multilateral que vincula a más de 150 estados, entre ellos, la Unión Europea y Estados Unidos, se protegen, entre otros, las obras arquitectónicas de autores españoles en España y en el resto de la Unión.

Por lo tanto, conforme a la ley española, las directivas europeas y el Convenio de Berna, el arquitecto y sus herederos pueden ostentar propiedad intelectual sobre los proyectos, las maquetas y la obra terminada. Además, existe un derecho irrenunciable del creador que es el derecho moral sobre su obra.

La disputa entre Calatrava y el ayuntamiento ha terminado en Tribunales, dando razón al arquitecto. Difícil decisión cuando por una parte se trata de derechos de autoría sobre la obra, y por otra, modificaciones cuyo fin, es el bien común de la ciudad de Bilbao.

Recordemos que la propiedad intelectual no está sólo ligada a las modificaciones que puedan atentar contra una obra, sino también a la copia entre los proyectos… pero esto es otro tema.

Volviendo a la pregunta inicial: ¿Es la obra de arquitectura propiedad del cliente, y en ese caso dispone de ella libremente, o existen derechos de autor por parte del arquitecto? Concretamente en este caso, ¿Puede el ayuntamiento de Bilbao modificar el puente en favor del proyecto de reurbanización de la ribera izquierda de Bilbao?, ¿Está Calatrava en su derecho por apelar a la integridad de su obra? ¿Debió haber sido consultado el arquitecto frente al nuevo proyecto? Si una obra de arte tiene derechos… ¿entendemos la arquitectura como obra de arte y le respetamos su propiedad intelectual?

  • Fuentes:

Diario “El Mercurio”, domingo 4 Noviembre 2007

www.escaire.com

www.informativos.telecinco.es

  • Imágenes:

1.Flickr autor: Josean Prado

2.www.arataisozaki.net

Sobre este autor/a
Cita: soleundurraga. "Arquitectura: ¿Existe el derecho de Autor?" 06 nov 2007. ArchDaily Perú. Accedido el . <https://www.archdaily.pe/pe/02-4008/%25c2%25bfes-la-obra-de-arquitectura-propiedad-del-cliente-y-en-ese-caso-dispone-de-ella-libremente-o-existe-derechos-de-autor-por-parte-del-arquitecto> ISSN 0719-8914

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